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institución:CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 09281 07 de setiembre, 2009 DJ-994 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre COSEVI y Purdy Motor S.A., para la adquisición de siete vehículos tipo panel con conversión especial para transportar personas detenidas, con sus respectivos radios de comunicación digitales, los cuales corresponden parcialmente a la segunda etapa del proyecto de modernización de la flota vehicular, con el fin de fortalecer las acciones en Seguridad Vial establecidas por el COSEVI y la DGPT, derivado de la Licitación Pública 2009LN-000004-00100, hasta por un monto de $223.720. Nos referimos a su oficio N° DE-1761-2009, de fecha 28 de agosto del año 2009, recibido en ésta Contraloría General el 1 de setiembre, mediante el cual solicitan el refrendo al contrato suscrito entre COSEVI y Purdy Motor S.A., para la adquisición de siete vehículos tipo panel con conversión especial para transportar personas detenidas, con sus respectivos radios de comunicación digitales, los cuales corresponden parcialmente a la segunda etapa del proyecto de modernización de la flota vehicular, con el fin de fortalecer las acciones en Seguridad Vial establecidas por el COSEVI y la DGPT, derivado de la Licitación Pública 2009LN-000004-00100, hasta por un monto de $223.720. Una vez realizado el estudio de rigor y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, y el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23 del 03 de febrero de 2009, se devuelve contrato con el refrendo condicionado de esta Contraloría General. Lo anterior bajo los siguientes comentarios y condiciones, a l ...
Fecha publicación: 10/09/2009
Fecha emisión: 07/09/2009
Documento: 09281-2009.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08737 21 de agosto, 2009 DJ-0769 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato y adenda para la remodelación de las instalaciones del Parque Infantil de Educación Vial ubicado en La Sabana, celebrado entre el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) con la empresa Constructora Solano Fallas S.A. En atención a su Oficio N° DE-1565-2009 de 31 de julio del 2009, mediante el cual solicita el refrendo al contrato y adenda para la remodelación de las instalaciones del Parque Infantil de Educación Vial ubicado en La Sabana, celebrado entre el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) con la empresa Constructora Solano Fallas S.A., le indicamos que por haberse atendido nuestras observaciones de oficio N° 1625 de 10 de febrero del año en curso, estamos otorgando el refrendo contralor a los documentos en mención, condicionados a las siguientes observaciones: 1. Se deja bajo exclusiva responsabilidad de la Administración contar con los recursos presupuestarios suficientes para cancelar la obligación pecuniaria que genera el contrato. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, reformado por Resolución N° R-CO-13-2009 del Despacho de la Contralora General, de las 8 horas del 4 de febrero del 2009, publicado en La Gaceta N° 28 del 10 de febrero del 2009, la legalidad del mecanismo de revisión de precios pactado será de exclusiva responsabilidad de la Administración, sin perjuicio claro está, de nuestras potestades de control posterior. Atentamente, Lic. German Brenes Roselló Lic. Elías Delgado Aiza Gerente Asociado Fiscalizador Anexo: Un expediente EDA/nvs Ci : Archivo Central Ni: 14804 G: 2008003733-2-3 ] ...
Fecha publicación: 26/08/2009
Fecha emisión: 21/08/2009
Documento: 08737-2009.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN JURÍDICA PAGE 5 Al contestar refiérase al oficio No. 08136 4 de agosto, 2009 DJ-0530 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva COSEVI Estimada Señora: Asunto: Se deniega refrendo del contrato suscrito con Control Electrónico SA y Sauter Mayoreo, N° CSP-001-2008, así como las adendas números CSP-001-2008-AD1 y CSP-001-2008-AD2 Se atiende su oficio N° DE-1202-2009 del 22 de junio de 2009, recibido en esta Contraloría General el 25 de junio de 2009, mediante el cual el Consejo de Seguridad Vial (en adelante COSEVI), somete a refrendo el contrato por servicios profesionales N° CSP-001-2008 y sus anexos del 1 al 14, así como las adendas números CSP-001-2008-AD1 y CSP-001-2008-AD2 (y su anexo A); documentos provenientes de la licitación pública N° 2008LN-000005-00100. I. Antecedentes La presente gestión de refrendo cuenta con gran cantidad de antecedentes , pero, en vista de que la mayoría de los aspectos señalados en el marco de la presente contratación han sido subsanados, este Despacho considera pertinente centrarse en lo dicho en el oficio N° DCA-0247 del 21 de enero de 2009, relacionado específicamente al objeto contractual y la sustitución de algunos equipos, y que precisamente fue uno de los aspectos por los cuales en esa oportunidad se había denegado el refrendo que en esta oportunidad se vuelve a solicitar, a saber: “De una revisión del objeto contractual tenemos que, se pretende el mantenimiento preventivo y correctivo que contemple la sustitución de partes, dispositivos, equipos o reparación de equipos o reparación de los equipos (folio 153 del expediente administrativo), así como del software relacionado con el Sistema de Acreditación de Conductores bajo plataforma Oracle. No obstante, en el Anexo No.1 del contrato remitido, se indica que serán sustituidas estaciones de trabajo, servidores, portátiles, impresoras, cámaras y capturadotas de huellas, entre otros; lo cual en criterio de este órgano contralor excede los alcances ...
Fecha publicación: 07/08/2009
Fecha emisión: 04/08/2009
Documento: 08136-2009.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.01625 10 de febrero de 2009 DCA-0493 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Estimada señora: Asunto: Se deniega refrendo al contrato para la remodelación de las instalaciones del Parque Infantil de educación Vial ubicado en el Parque Metropolitano La Sabana (Licitación Pública N° 2008LN-000013-00100), celebrado entre el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) con la empresa Constructora Solano Fallas S.A. Damos respuesta al Oficio N DE-3057-2008 de 8 de diciembre del año en curso, complementado por Oficio N° DE-3057-2008 de 8 de diciembre del 2008, complementados por Oficios N° DE-2009-0071 de 12 de enero del 2009 y N° DE-133-2009 de 27 de enero, ambos del año en curso, mediante los cuales requiere el refrendo al contrato para la remodelación de las instalaciones del Parque Infantil de educación Vial ubicado en el Parque Metropolitano La Sabana (Licitación Pública N° 2008LN-000013-00100), celebrado entre el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) con la empresa Constructora Solano Fallas S.A.. Sobre el particular, le comunicamos que una vez analizado el documento contractual, así como los antecedentes que lo acompañan, estamos devolviendo sin el refrendo contralor dicho contrato, toda que conforme se desprende del Oficio N° DE-2009-0071, esa enditad no cuenta con disponible presupuestario para hacer frente a las obligaciones pecuniarias que genera el contrato de mérito. Por otra parte, en cuanto al mecanismo de reajuste de precios a que se refiere la cláusula sétima del contrato, cabe señalar que en la aplicación de la fórmula matemática para las edificaciones, los costos directos se expresan en un solo porcentaje, dado que solamente se emite un índice de precios general para ese tipo de obras; en tanto que para el caso de las obras de infraestructura, los costos directos se desglosan de conformidad con los elementos específicos, para los ...
Fecha publicación: 13/02/2009
Fecha emisión: 10/02/2009
Documento: 01625-2009.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.00493 21 de enero, 2009 DCA-0247 PAGE 4 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Contiguo al Banco Nacional en la Uruca, Edificio Central, San José Estimada señora: Asunto: Se deniega el refrendo del contrato suscrito con Control Electrónico S.A. y Sauter Mayoreo S.A. y de su adenda No.1. Damos respuesta a sus oficios No. DE-2651-2008 del 22 de octubre de 2008, DE-2994-2008 del 2 de diciembre de 2008, DE-3110-2008 del 12 de diciembre de 2008 y DE-0049-2009 del 9 de enero de 2009; mediante los cuales nos remitió para refrendo el contrato No. CSP-001-2008 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y Control Electrónico S.A. y Sauter Mayoreo S.A., para la contratación del mantenimiento correctivo, preventivo tanto de los equipos, dispositivos que se utilizan en el proceso de acreditación de conductores como del software relacionado con el Sistema de Acreditación de Conductores (Licitación Pública No. 2008LN-000005-0100), por un monto de $ 192.000.00 anuales; así como la adenda No.1 de ese contrato. I. Antecedentes y justificaciones. A los efectos, remite el contrato de referencia y adjunta el expediente administrativo del concurso, en donde consta el pliego de condiciones, las diversas actuaciones del procedimiento, la recomendación de adjudicación y la resolución de adjudicación. De igual forma, consta en el expediente la garantía de cumplimiento por un monto de $ 13.440.00 (folio 513 del expediente administrativo), que equivale a un 7% del monto anual del contrato según se previó cartelariamente). Asimismo, se remite las especies fiscales rendidas por la firma contratista por un monto de ¢ 1.077.120.00 (folio 542 del expediente administrativo). Por medio del oficio No. DE-0049-2009 del 9 de enero de 2009 remitió la certificación de contenido presupuestario, en donde la Directora Administrativa reitera la existencia del contenido p ...
Fecha publicación: 24/01/2009
Fecha emisión: 21/01/2009
Documento: 00493-2009.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 00107 07 de enero del 2009 DCA-0051 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Fax: 2256 1101 Estimada señora: Asunto: Se imprueba contrato suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y el Consorcio: Horizontes de Vías y Señales de Centroamérica S. A.; J L Señalízación Vial y Arquitectura S. A. y M y P Obras Civiles S. A., según licitación pública 2008LN-000012-00-100. Nos referimos a su oficio DE-2811-2008, recibido el 12 de noviembre, ampliado por oficio DE-3138-2008, recibido el 16 de diciembre, ambos del 2008, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y el Consorcio: Horizontes de Vías y Señales de Centroamérica S. A.; J L Señalízación Vial y Arquitectura S. A. y M y P Obras Civiles S. A., para la demarcación de 212 centros educativos en todo el país correspondiente a la Dirección General de Ingeniería, según licitación pública 2008LN-000012-00-100. Al respecto, le informamos que en nuestro oficio No. DCA-4065-2008, se solicitó la estructura porcentual del precio de cada uno de los renglones de pago, indicados en la cláusula sétima contractual. Asimismo, se requirió la presentación del programa de trabajo y el programa de desembolsos de cada uno de esos renglones de pago.   No obstante lo anterior, mediante el oficio No. DE-3138-2008 con fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito por la Licda. Rocío Gamboa Gamboa, Directora Ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial, se remite el oficio No. DGIT-SV-2339-2008 fechado 12 de diciembre de 2008, firmado por los ingenieros Sandra Muñoz Jiménez, Jefe de Regionales, Carolina Malespín Muñoz, Señalamiento Vial y, Edgar Vargas Rojas, Jefe de Señalamiento Vial, mediante el cual se indican los porcentajes del costo de cada renglón de pago con respecto al total contratado, pero no se aportan las requeridas estructuras po ...
Fecha publicación: 10/01/2009
Fecha emisión: 07/01/2009
Documento: 00107-2009.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13282 10 de diciembre, 2008 DCA-4068 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Fax: 2233-1041 Estimada señora: Asunto: Se refrendan los contratos CB-013-2008, y CB-014-2008 suscritos entre el Consejo de Seguridad Vial, y Purdy Motor S.A., (Líneas 3 y 4 parcial), y Agencia Datsun S.A, (Líneas 1 y 2), adquisición de vehículos, por montos de US$450.520, y US$875.932, respectivamente. (Licitación Pública 2008LN-000006-00100). Nos referimos a su oficio DE-3034-2008 del 4 de diciembre del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo los contratos CB-013-2008, y CB-014-2008 suscritos entre el Consejo de Seguridad Vial, y Purdy Motor S.A., (Líneas 3 y 4 parcial) y Agencia Datsun S.A. (Líneas 1 y 2), adquisición de vehículos, por montos de US$450.520, y US$875.932, respectivamente. (Licitación Pública 2008LN-000006-00100). Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por la M.A. Ped. Flor Madriz Molina, Directora Financiera. (ver folio 526 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de estas contrataciones. 2) Verificar de previo y durante la ejecución contractual que los contratistas se encuentren al día con las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social, así como que las garantías de cumplimiento se encuentren vigentes por todo el plazo señalado en el cartel. 3) La razonabilidad de los precios adjudicados y el cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas. (folios 464 al 490 del expediente administrativo). 4) Se deberá re ...
Fecha publicación: 13/12/2008
Fecha emisión: 10/12/2008
Documento: 13282-2008.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


-5- DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12394 21 de noviembre de 2008 DCA-3792 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial Contiguo al Banco Nacional en la Uruca, Edificio Central, San José Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo condicionado el contrato No. CB-007-2008 suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor, S.A. para la adquisición de 19 vehículos nuevos y la dación de pago de otros, por un monto de USD $385.090,00 menos ¢61.930.000,00. (Licitación Pública No. 2008LN-000010-0200). Nos referimos a su oficio número DE- 2573-2008 de fecha 15 de octubre de 2008, mediante el cual requiere la aprobación del contrato número CB-007-2008, suscrito entre el Consejo de Seguridad Vial y la empresa Purdy Motor, S.A. para la adquisición de 19 vehículos nuevos y la dación de pago de otros, por un monto de USD $385.090,00 menos ¢61.930.000,00. (Licitación Pública No. 2008LN-000010-0200) En relación con este trámite, se observa que el contrato se denominó “compra y permuta de vehículos”, cuando lo correcto es “compra y dación de pago”, pues de conformidad con el artículo 32 del Reglamento de la Contratación Administrativa, se prevé la figura de dación de bienes como parte del pago, es decir, la Administración podrá ofrecer como parte de la cancelación, bienes muebles de su propiedad, siempre que sean de libre disposición y afines al objeto que se pretende adquirir. Además, En todo caso, el avalúo no podrá exceder los tres meses anteriores a la respectiva invitación. Los bienes podrán ser inspeccionados por los interesados, antes de la presentación de su propuesta, para lo cual la Administración, tomará las medidas que faciliten el acceso a éstos. El avalúo podrá ser realizado por un funcionario al servicio de la entidad de que se trate, siempre que cuente con los conocimientos necesarios para dicha fijación o bien por un perito al servicio de la Dirección General de ...
Fecha publicación: 24/11/2008
Fecha emisión: 21/11/2008
Documento: 12394-2008.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11909 11 de noviembre, 2008 DCA-3634 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) Fax: 2256-1101 Estimada señora: Asunto: Se aprueba refrendo al contrato Nº CB-009-2008 celebrado entre el COSEVI y la empresa Diseños Selley S.A., generado según Licitación Pública N° 2008LN-000011-00100, para la compra de trescientos dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y cinco unidades de dispositivos reflectivos para la mano (pulseras), por un monto de ¢124.999.725,00. Se da respuesta a su oficio Nº DE-2721-2008 del 29 de octubre de 2008, recibido en esta Contraloría General de la República el 30 de octubre siguiente, mediante el cual solicita el refrendo al contrato suscrito entre el COSEVI y la empresa Diseños Selley S.A., generado según Licitación Pública Nº 2008LN-000011-00100, para la compra de trescientos dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y cinco unidades de dispositivos reflectivos para la mano (pulseras), por un monto de ¢124.999.725,00.. En primera instancia, es menester reiterar, que de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el análisis de esta Contraloría General, se limita a la revisión de legalidad del contrato administrativo suscrito entre las partes, librando a la Administración la responsabilidad con respecto a la oportunidad y conveniencia del procedimiento de contratación incoado y particularmente del objeto contractual en sí. Situación que en todo caso, podrá ser examinada a futuro por parte de este órgano contralor, en ejercicio de las potestades de fiscalización que legalmente le han sido encomendadas. . Dilucidado lo anterior, una vez analizada la contratación de cita, así como los antecedentes aportados, con fundamento en el artículo VIII de la sesión 2511-08 de la Junta Directiva del COSEVI, celebrada el 24 de setiembre de 2008 (ver folios ...
Fecha publicación: 14/11/2008
Fecha emisión: 11/11/2008
Documento: 11909-2008.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11903 11 de noviembre, 2008 DCA-3633 Licenciada Rocío Gamboa Gamboa Directora Ejecutiva Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) Fax: 2256-1101 Estimada señora: Asunto: Se aprueba refrendo al contrato Nº CB-008-2008, celebrado entre el COSEVI y la empresa Regueyra S.A., generado según Licitación Pública N° 2008LN-000009-00100, para la compra de doscientos treinta y cinco mil ochocientas cuarenta y nueve unidades de stickers reflectivos en verde limón, por un monto de ¢124.999.970,00. Se da respuesta a su oficio N° DE-2709-2008 del 29 de octubre de 2008, recibido en esta Contraloría General de la República el 30 de octubre siguiente, mediante el cual solicita el refrendo al contrato suscrito entre el COSEVI y la empresa Regueyra S.A., generado según Licitación Pública Nº 2008LN-000009-00100, para la compra de doscientos treinta y cinco mil ochocientas cuarenta y nueve unidades de stickers reflectivos en verde limón, por un monto de ¢124.999.970,00. En primera instancia, es menester reiterar, que de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el análisis de esta Contraloría General, se limita a la revisión de legalidad del contrato administrativo suscrito entre las partes, librando a la Administración la responsabilidad con respecto a la oportunidad y conveniencia del procedimiento de contratación incoado y particularmente del objeto contractual en sí. Situación que en todo caso, podrá ser examinada a futuro por parte de este órgano contralor, en ejercicio de las potestades de fiscalización que legalmente le han sido encomendadas. . Dilucidado lo anterior, una vez analizada la contratación de cita, así como los antecedentes aportados, con fundamento en el artículo VII de la sesión 2511-08 de la Junta Directiva del COSEVI, celebrada el 24 de setiembre de 2008 (ver folios del 0133 al 0137 del expediente admi ...
Fecha publicación: 14/11/2008
Fecha emisión: 11/11/2008
Documento: 11903-2008.doc
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS